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subsecuentemente, la rehabilitación total de los usuarios del servicio de salud mental,
objetivos que se cumplen a través de la participación activa de esas personas en las
actividades empresariales de cualquier cooperativa social. La formación de cooperativas
sociales se ve facilitada y alentada por regulaciones incluidas en el marco legal específico,
tales como: incentivos financieros- cualquier miembro de la cooperativa (usuario del servicio
de salud mental) se reserva el derecho de recibir su subsidio o pensión por discapacidad, por
encima de su salario mensual. Tales iniciativas son KoiPE "Diadromes" y Koipe "Eu Zein"
(PEPSAEE) que también aparecen bajo el paraguas de la Asociación Europea de proveedores
de servicios para personas con discapacidad. Miembros griegos: Instituto de Rehabilitación
Comunitaria (www.iea.gr); ESTIA: Centro de Apoyo y Asistencia Social para Personas con
Discapacidad Intelectual (www.eseepa.gr); Fundación Theotokos (www.theotokos.gr); Taller
"Panagia Eleousa" (www.ergpanel.gr); Centro de Rehabilitación para Apoyo Social y Empleo
Creativo de Personas con Discapacidad "O SOTIR" (www.kentroameasotir.gr); Centro
Terapéutico Educativo para Personas con Discapacidad Intelectual de Patras "Merimna"
(www.merimna-patras.gr); Asociación Panhelénica de Actividades Adaptadas ALMA
(www.alma-amea.gr); EEA Margarita (www.eeamargartia.gr); Asociación Panhelénica de
Padres Guardianes y Amigos de Personas con Discapacidad Visual con Necesidades Especiales
Adicionales "AMIMONI" (www.amimoni.gr); To Ergastiri (www.ergastiri.org); E.Psy.Me
(www.epsyme.gr); Red Griega de Cuidadores - EPIONIEPIONI
( www.epioniblog.wordpress.com ).
La ley griega da acceso al mercado laboral a los solicitantes de asilo. El Consejo Griego
para los Refugiados establece que según la ley, los solicitantes de asilo pueden acceder al
mercado laboral como empleados o proveedores de servicios o de trabajo desde el momento
en que se ha presentado formalmente una solicitud de asilo. y han obtenido una tarjeta de
solicitante de asilo (artículo 71 L 4375/2016; artículo 15 L 4540/2018).
La legislación griega establece que las empresas privadas que emplean a más de 50
empleados deben incluir un 8% de personal discapacitado en su fuerza laboral. Sin embargo,
la ley no se aplica. Sólo alrededor del 20% de las empresas privadas habían hecho
estipulaciones para facilitar el acceso de las personas discapacitadas a sus instalaciones. La
mayoría de las empresas que no emplean a personas discapacitadas declararon que lo harían
sólo bajo la condición de que el salario del empleado discapacitado fuera cofinanciado o
pagado en su totalidad por el Estado. Esto es indicativo de las percepciones negativas en torno
a las personas con discapacidad como empleados y destaca la necesidad de un cambio de
cultura para que estas personas puedan ingresar al mercado laboral en igualdad de
condiciones.
Aunque hay algunas disposiciones para el empleo con apoyo de las organizaciones
públicas, no está equipado para hacer frente a la magnitud del problema en Grecia. El sector
privado está llamado a llenar este vacío. En Grecia, por debajo del 10% de las personas con
discapacidad (con al menos un 50% de discapacidad) está empleado. Esto significa que la
transición de la escuela a la vida laboral es difícil. Grecia también enfrenta serios problemas